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La SCJN niega suspender el ‘blindaje’ al fuero de CDV.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó a trámite una acción de inconstitucionalidad y una controversia constitucional promovidas por el Presidente de la República y el Senado de la República, respectivamente, contra la reforma legal que blindó al gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca contra cualquier acción penal en su contra.

No obstante, el tribunal constitucional negó la suspensión solicitada por el Senado de la República contra dicho blindaje, que evita la detención de García Cabeza de Vaca o que éste sea removido del cargo como gobernador de aquella entidad.

Tanto la acción de inconstitucionalidad 112/2021 como la controversia constitucional 95/2021 fueron promovidas contra las modificaciones aprobadas el 23 de junio pasado por el Congreso de Tamaulipas a la Constitución del Estado y a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicas local.

Con dicha reforma se adicionó un párrafo tercero al artículo 84 de la Constitución del Estado y un párrafo tercero al artículo 44 de la Ley de Responsabilidades con el que se hizo definitivo el fuero del gobernador García Cabeza de Vaca.

Los artículos adicionados advierten que en todos aquellos casos en los que el Congreso local hubiera determinado la no homologación de la declaratoria de procedencia contra el gobernador, por parte de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, “su decisión será definitiva e inatacable”.

Es decir, el mandatario mantendría su fuero constitucional contra la orden de aprehensión que un juez federal libró en su contra, a petición de la Fiscalía General de la República (FGR), por defraudación fiscal.

Y es que el Congreso local decidió no aprobar la homologación de la declaratoria de procedencia (desafuero) del gobernador de García Cabeza de Vaca, aprobado el 30 de abril pasado la Cámara de Diputados.

Al respecto, este martes la SCJN notificó que tanto la acción de inconstitucionalidad de la Presidencia, como la Controversia Constitucional del Senado, serán acumulados al controvertir un mismo asunto.

“Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que ostenta, y se admite a trámite la demanda que hace valer, con reserva de los motivos de improcedencia que se puedan advertir al momento de dictar sentencia”, agregan los acuerdos publicados, por separado, para cada uno de los recursos.

Para el caso de la Controversia del Senado hay una notificación agregada, esto con relación a la suspensión solicitada para que no se aplique la reforma.

“Se niega la medida cautelar solicitada por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión”, dice el acuerdo.

Por: David Saúl Vela

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