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Anula Corte, por unanimidad prolongar la Presidencia del Ministro Arturo Zaldívar.

Cd. de México (16 noviembre 2021).- El intento del Congreso para prolongar la Presidencia del Ministro Arturo Zaldívar violó el principio de supremacía Constitucional, atentó radicalmente contra la división de podres y buscó afectar la independencia judicial.

En votación dividida de tres contra dos, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), otorgaron la suspensión solicita en el recurso de reclamación interpuesto por el Instituto Nacional Electoral, en contra de la decisión tomada en julio pasado por el ministro Fernando Franco González Salas, quien al admitir a trámite la controversia constitucional 80/2021, negó la suspensión, bajo el precepto de que esta medida cautelar no puede otorgarse respecto a normas generales.

Con esta decisión, los ministros avalan que los funcionarios del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), puedan seguir percibiendo salarios superiores al del Presidente de la República, durante 2022, como establece la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (LFRSP) publicada en mayo pasado en su artículo quinto transitorio.

Organismos como el INE interpuso, interpusieron controversias constitucionales, ejemplo que han seguido otros organismos autónomos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica, Banxico, etc; con el argumento de que la aplicación de esta ley “viola su autonomía”.

Increíblemente, 3 de los cinco ministros de la Primera Sala aceptan este argumento y conceden la suspensión solicitada, que estará vigente al menos durante el ejercicio 2022, o hasta que se resuelva la controversia constitucional en el fondo, lo que puede llevar todavía algún tiempo, que varios especialistas calculan en años.

Pero gracias a esta estrategia, el INE ha obtenido suspensiones, como la otorgada este miércoles, que le han permitido evadir año con año la LFRSP, aunque la misma primera sala sobreseyó la controversia interpuesta por el árbitro electoral contra el presupuesto de 2020 por haber sido elaborado conforme las directrices de la LFRSP, debido a que dicho ejercicio fiscal ya concluyó, dejando el juicio sin materia.

Fuente:  Expansión Mx

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