Tribunal Electoral rechaza queja de Morena contra el Gobernador de Tamaulipas, Cabeza de Vaca.
Con el voto de calidad del presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez, se determinó que el mandatario panista no incurrió en propaganda prohibida durante la veda de la revocación de mandato.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la queja del partido Morena, al considerar que la difusión del sexto informe de labores del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, no constituyó propaganda gubernamental en periodo prohibido para la revocación de mandato.
Morena impugnó ante la Sala Superior un acuerdo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en esa entidad, mediante la cual desechó su queja contra el gobernador panista por presunta violación a la veda del ejercicio revocatorio.
El informe de gobierno del mandatario panista se realizó el pasado 4 de marzo y la veda para el ejercicio revocatorio inició el 4 de febrero y concluirá el próximo 10 de abril, por lo que durante ese tiempo los funcionarios públicos no pueden dar a conocer acciones, logros u obras de gobierno.
En su proyecto, el magistrado José Luis Vargas Valdez proponía revocar el desechamiento por inadecuado análisis y falta de exhaustividad, así como pedir a la Junta Local Ejecutiva la admisión de la demanda y que, a la brevedad, se pronuncie respecto a las medidas cautelares solicitadas por los morenistas en contra de García Cabeza de Vaca.
Destacaba que “la invitación e inminente realización del Sexto Informe de Labores del Gobernador podrían constituir infracciones en materia de propaganda gubernamental y no sólo el envío de correos electrónicos”.
Voto de calidad
Al argumentar su posición en contra del proyecto, el magistrado presidente Reyes Rodríguez consideró que no hubo falta de exhaustividad porque la autoridad local sí consideró todas las pruebas aportadas.
Además, consideró que Morena presentaba como prueba un hecho futuro de realización incierta.
“Si bien el denunciante aportó elementos probatorios a fin de demostrar que el evento de realización futura estaba siendo convocado, ello no faculta a la autoridad responsable a instaurar un procedimiento sobre hechos y acontecimientos futuros e inciertos”, expuso el titular del TEPJF.
El secretario general de acuerdos, Rodrigo Sánchez Gracia, informó que hubo un empate en la votación. Además de Reyes Rodríguez, votaron en contra del proyecto los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
Mientras que apoyaron el proyecto de Vargas Valdez, sus pares Indalfer Infante Gonzales y Mónica Aralí Soto Fregoso, dado que la magistrada Janine Otálora no estuvo presente, por lo que se optó por el voto de calidad de Reyes Rodríguez.
“Derivado de la votación, en el asunto del REP-88 de 2022 haré uso de la facultad prevista en el artículo 167, penúltimo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación relativo a la posibilidad de emitir un voto de calidad, en caso de empate”, anunció el magistrado presidente.
Fuente: elinformante.mx