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Senado aprueba reforma para sancionar la producción y comercialización de vapeadores.

Las reformas a la Ley General de Salud prohíben la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos o vapeadores.

El Senado de la República aprobó este miércoles reformas a la Ley General de Salud que contemplan sanciones a quien produzca o comercialice vapeadores y cigarrillos electrónicos.

¿Qué establece el dictamen sobre los vapeadores?

Las reformas a la Ley General de Salud prohíben la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos o vapeadores.

Adicionalmente, se prohíbe la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, así como el uso ilícito del fentanilo.

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